Art.208 del Código Penal: "Será reprimido con prisiónde 15 días a 1 año:
1) El que, sin título ni autorización para el ejercicio de un arte de
curar o excediendo los límites de su autorización, anunciare,
prescribiere, administrare o aplicare habitualmente medicamentos,
aguas, electricidad, hipnotismo o cualquier medio destinado al
tratamiento de las enfermedades de las personas, aún a título gratuito;
2º) el que, con título o autorización para el ejercicio
de un arte de curar, anunciare o prometiere la curación de enfermedades
a término fijo o por medios secretos o infalibles;
3º)
el que, con título o autorización para el ejercicio de un arte de
curar, prestare su nombre a otro que no tuviere título o autorización,
para que ejerza los actos a que se refiere el inciso 1º de este
artículo.".
Características del delito desde el punto de vista jurídico
Se trata de un delito contra la salud pública; es de carácter formal,
ya que no requiere la efectividad de la lesión a la salud pública ni a
ningún individuo en particular, ni siquiera resulta necesario la
realización de un tratamiento; es más, sólo con el simple anuncio de
solucionar problemas de salud sin estar autorizado a hacerlo el delito
se configura, ya que se reprime el peligro potencial en que se pone a
la salud pública.
Dadas estas características, resulta
sencillo justificar su inclusión entre los delitos de acción pública
que pueden iniciarse de oficio y que habilita a cualquier ciudadano a
efectuar la correspondiente denuncia.
Por la cuantía de la
pena establecida, el imputado puede pedir su excarcelación durante el
trámite del juicio (art. 169 Cód. Procesal Penal P.B.A.); la sentencia
puede establecer (y de hecho es de una aplicación casi mecánica) una
condena condicional (art. 26, 27bis ss. y ccs. Cód. Penal).Cabe señalar
que, además de la prevista por el art.208, resulta de aplicación la
pena establecida por el art. 20 bis inc. 3° del Código Penal, que
señala que podrá imponerse inhabilitación especial de 6 meses a 10
años,aunque esa pena no esté expresamente prevista, cuando el delito
cometido importe incompetencia o abuso en el desempeño de una profesión
o actividad cuyo ejercicio dependa de una autorización, licencia o
habilitación del poder público, como sucede precisamente en este caso.
Se requiere probar la habitualidad de la práctica, aunque de
acuerdo a las circunstancias del caso puede probarse con un solo hecho.
Su alcance no se limita a la medicina sino al arte de curar, con lo
cual abarca a las ciencias y técnicas auxiliares de ésta (como la
odontología, la kinesiología, la anestesiología, etc.). Respecto al
dolo, resulta necesario probar solamente el conocimiento por parte del
imputado de su falta de autorización.
El artículo discrimina
tres tipos, o sea que penaliza tres acciones que son distintas entre
sí, pero las califica de igual forma; son: a) el curanderismo, b) el
charlatanismo médico, y c) la prestación de nombre. En el primer caso
el objeto de la ley es penar "el curanderismo en todas sus formas (ya
que) es uno de los peores enemigos de la salud... cuando no precipita
la muerte con procedimientos absurdos y antihigiénicos, deja avanzar
las enfermedades mediante el empleo de medios completamente pueriles e
inocuos" (de la Exposición de Motivos del Proyecto de Código Penal de
1906), o sea que el fundamento de la ilicitud es que se puede apartar a
una persona de un tratamiento médico útil y necesario, lo cual puede
producir graves consecuencias (incluso puede acabar con su
fallecimiento por falta de atención). Con el segundo inciso la ley
trata de evitar que los médicos empleen métodos similares a los que
utilizan los curanderos. Finalmente, el tercer inciso pena al médico
que presta su nombre a otro para que ejerza ilegalmente la medicina.
Este delito se puede conectar con otros, especialmente con la estafa y
la usurpación de títulos y honores, pero también con las lesiones
culposas (art. 94 Cód. Penal) e inclusive con el homicidio culposo
(art. 84 Cód. Penal); por eso ante una denuncia se debe tener en cuenta
tanto la conducta como la intención de los sujetos involucrados en la
acción.
Curanderismo: modus operandi
Existen maneras
típicas de actuar propias de este delito, una tradicional y otra
"moderna". En el modo tradicional los curanderos atienden generalmente
en su propia casa y la gente concurre llevada por conocidos que ya han
sido atendidos por el susodicho curandero, así que quien concurre sabe
a dónde va y para qué, aunque generalmente suele hallarse en un estado
psíquico alterado por las circunstancias que le toca vivir (suele estar
desesperado y angustiado por su problema). Aprovechando esto, más
la natural falta de información que tienen las personas en estos
asuntos, resulta sencillo engañarlo con supuestos aciertos respecto de
su vida pasada y presente y dificultades que enfrenta (hay muchas
técnicas para hacerlo y algunas de ellas incluyen la complicidad de un
tercero), o trucos destinados a demostrar supuestos poderes, tras lo
cual sigue el pedido de dinero para solucionarlas (se le echa la culpa
a un embrujo, hechizo o "trabajo"); esto se repite, consulta tras
consulta, hasta que el problema se resuelve por sí solo o la víctima se
desilusiona o ya no puede conseguir más dinero. Además de la cuestión
monetaria la víctima suele tener que efectuar rituales o ingerir
pócimas que, en algunos casos, le pueden acarrear importantes problemas
de salud.
Pero como todo se moderniza y la gente desesperada
que apela a cualquier recurso para solucionar sus problemas se
encuentra en cualquier clase social, actualmente el rubro 60 de los
Clasificados del diario de mayor circulación del país sirve de enlace
entre el que se podría denominar neo-curandero y su público; en él se
puede apreciar una gran cantidad de individuos que ofrecen sus
servicios como astrólogos, parapsicólogos, videntes, magos, tarotistas,
hechiceros, mentalistas, metafísicos, clarividentes, etc. Ninguno
anuncia que cura enfermedades (aunque hay excepciones) y quizás muchos
no lo hagan, pero al respecto cabe señalar que: a) quien supuestamente
soluciona problemas sentimentales, económicos, de "mala suerte", etc.,
suele cometer ejercicio ilegal de la medicina, ya que puede estar
apartando a la víctima de un tratamiento psicológico, reemplazándolo
por un ritual que en el mejor de los casos resulta ineficaz e
inconducente, b) se trata de la misma actividad en lo que se refiere al
tratamiento de enfermedades, sólo que se utilizan técnicas de distintas
características en sus formas (aunque los resultados son los mismos).
En esta modalidad, además, la persona puede llegar a concurrir sin
conciencia de lo que se va a encontrar en el lugar; es común que vaya a
solucionar un problema laboral y se encuentre con una catarata de
supuestos problemas a solucionar, entre ellos cuestiones referidas a su
salud. En el libro "La Argentina embrujada" de la periodista Viviana
Gorbato y en el libro "Puede fallar"del periodista Alejandro Borgo y el
ilusionista Enrique Márquez, entre otras muchas fuentes, se puede ver
el modo de actuar típico de estas personas.
También cambian
las técnicas de ilusionismo que suelen utilizar para convencer a su
clientela de sus supuestos poderes. Tradicionalmente la víctima llevaba
de su casa, a pedido del curandero, un huevo o un limón que éste rompía
(en el primer caso) o cortaba (en el segundo), surgiendo del huevo
sustancias de aspecto y olor desagradable, inclusive insectos o
gusanos, o sangre en el caso del limón. Estos trucos no son muy
sofisticados, simplemente distrayendo la atención de la víctima por
unos instantes pueden cambiar el huevo traído por el cliente por otro
similar previamente preparado o inyectar tinta roja al limón. Hoy en
día la variedad es mayor y pueden ser más sofisticados; pueden hacer
lectura de sobres cerrados, trucos de cartas, efectos especiales (como
avivamiento espontáneo de fuegos) y demás, pero en general se trata de
trucos cuya técnica está al alcance de cualquier ilusionista
aficionado, que es lo máximo que pueden llegar a ser (los ilusionistas
profesionales en Argentina son pocos y no suelen dedicarse a
actividades delictuosas).
Curanderismo:Técnicas utilizadas
Aunque hay algunas personas que se dedican al ejercicio ilegal de la
medicina con estudios médicos, de psicología o de ilusionismo, la
mayoría aplica una serie de técnicas prendidas de otros curanderos o
que desarrollan a través de su propia experiencia; no suelen ser fruto
del análisis o la investigación, sino que son de origen intuitivo, de
perfeccionamiento por el uso habitual.
¿Cómo adivina el
curandero el pasado de la persona a la que atiende y sabe tantas cosas
de su presente, cuál es el problema que lo aqueja y qué es lo que
siente al respecto?
En primer lugar, el estado psicológico de
la persona no suele ser normal. Si el curandero hace una serie de
manifestaciones respecto a la vida, roblemas y circunstancias que
aquejan a la persona, por simple azar es muy probable que acierte
algunas cosas y esté cercano a la realidad en otras; en su necesidad de
tener fe, la persona naturalmente recuerda esos aciertos o "casi
aciertos" y olvida los errores que, además, pueden ser rectificados de
inmediato por el curandero al advertir éste la actitud del concurrente
o pueden ser justificados haciendo interpretaciones arbitrarias sobre
el significado de sus dichos.
Ejemplo: Curandero: Ud. tiene problemas con su esposo. Víctima: No. Curandero: Pero tiene un problema grave en su familia. Víctima: Sí. Curandero: Ud. tiene una hermana con problemas. Víctima: No, hermano (mostrando inquietud). Curandero: Ah, es un hermano. Pero además su esposo tiene problemas con su hermano. Víctima: No, no tiene nada que ver. Mi hermano tiene problemas de salud y de dinero...
Curandero: Si, pero su esposo está muy unido a su hermano y a usted y
todos tienen el mismo problema. Usted no conoce todo lo que pasa.-
Al finalizar la entrevista, de todo este diálogo, lo más común es que
la persona recuerde que el curandero le dijo que su hermano tenía
problemas y además le advirtió sobre su esposo, que ahora que lo piensa
también tenía "sus cositas". Así es que suelen lograr
aciertos"sorprendentes". Aunque esto resulte difícil de lograr con una
persona tranquila, analítica y de buena memoria, debemos recordar el
estado de angustia de quien concurre a estos lugares, que le produce
alteraciones en sus mecanismos psicológicos: la fe, la necesidad de
aferrarse a una posibilidad de solucionar sus problemas, la
desesperación, hacen que su sugestionabilidad crezca considerablemente
y su atención (y por lo tanto la memoria, que es un mecanismo
dependiente de ésta) esté enfocada en lo que considera beneficioso o
positivo. Por si esto fuera poco, el ambiente está preparado para que
el tiempo en que no esté concentrada en su problema lo ocupe en
examinar el ambiente; para esto sirve la presencia de objetos (como
estatuillas de dioses budistas de cuatro brazos): por extrañeza llaman
la atención y aumentan más aún la sugestionabilidad del concurrente.
Una segunda técnica consiste en tener información previa sobre la
víctima, ya que suelen concurrir al mismo lugar parientes y conocidos
(que son quienes lo recomiendan). Así, uando la víctima concurre, el
curandero ya tiene datos trascendentes e intrascendentes sobre ella; si
tiene buena memoria sólo tiene que repetir esos datos para lograr aún
mejores aciertos. El modo de obtener información tiene una variante
importante desde el punto de vista criminalístico: elcómplice. Cuando
la persona llega al lugar, se encuentra en la sala de espera con un
supuesto concurrente, muy simpático (a pesar de sus problemas) y
hablador, que inmediatamente entra en confianza con la víctima, le
habla bien del curandero, e intercambia información con ella, sacándole
algunos importantes datos que luego informa a su cómplice cuando le
toca el (falso) turno.
También existe una segunda variante,
relacionada con la primera técnica: la información brindada por la
propia víctima. Remitiéndonos a las consideraciones de orden
psicológico tratadas anteriormente, resulta que, sin mayores
inconvenientes, el curandero extrae de una charla prolongada sobre
temas diversos, generalmente triviales, datos vertidos por su
interlocutor y se los da como información que supuestamente él no
conocía.
Pero la técnica más importante, y la que determina el
éxito o fracaso "comercial" del falso sanador, es el
denominado"semblanteo". Consiste en la observación rápida pero profunda
del aspecto y reacciones de la persona: Si tiene anillo de compromiso o
alianza, signos de enfermedades (algunos curanderos estudiaron
medicina, pero muchos los reconocen por experiencias anteriores), si
presta más atención a un tema que aotro, si tiene acento o modismos
provincianos o extranjeros, si es inquieta o depresiva. De todos estos
datos el curandero obtiene gran cantidad de información a partir de la
cual le resulta más sencillo deducir cuál es el problema de la persona
que tiene enfrente, contando además conque los problemas por los que se
los consulta son siempre los mismos en su estructura básica (de salud,
laborales y sentimentales) y una vez acertado ese dato y otros pocos
menores, la persona ya siente que está frente a alguien que sabe lo que
le pasa sin que nadie se lo haya contado.
¿Cómo es que tanta gente dice que se curó de su enfermedad yendo al curandero?
Hablamos en el acápite anterior del estado psicológico de la víctima y
de su sugestionabilidad. Estos mecanismos son conocidos por médicos,
psicólogos y psiquiatras y tienen una interrelación ya suficientemente
probada con distintas enfermedades, algunas de ellas de estricto orden
psicosomático; por eso a veces los médicos aplican a sus pacientes lo
que se denomina un placebo, que es una sustancia inocua que se le
administra al enfermo diciéndole que se trata de un medicamento
efectivo. Con sólo esta técnica (y hay gran cantidad de estudios
estadísticos que así lo demuestran) se consigue gran cantidad de
resultados positivos, incluso curaciones totales; por eso cada nuevo
medicamento que se pone a la venta debe obtener resultados mayores al
placebo en una prueba denominada "a doble ciego", en la cual tanto
médico como paciente ignoran si la sustancia ingerida es placebo o
droga genuina, comparándose luego los resultados obtenidos por ambas en
igual número de individuos.
Un segundo elemento a tener en
cuenta es la existencia de enfermedades cíclicas, que generalmente son
crónicas. En este caso quien se encuentre en un pico de la enfermedad y
concurra a un curandero le va a adjudicar a éste su mejoría, pero es
sólo el resultado de las características del mal. Resulta peligroso en
estas personas que piensen que su mejoría es cura, ya que un nuevo
ciclo de avance de la enfermedad lo puede tomar desprevenido.
El tercer elemento a considerar es la existencia de remisiones
espontáneas que se dan en algunas enfermedades (incluso el cáncer).
También está suficientemente comprobada la existencia de este fenómeno.
Aunque no haya tratamiento de ningún tipo, ni aún pseudo-tratamientos
por métodos "alternativos" o de tipo espiritual, las enfermedades
pueden desaparecer por sí mismas o por efecto de las defensas naturales
del organismo.
Un cuarto elemento que tiene gran importancia
es que los tratamientos con drogas elaboradas siguiendo las reglas del
método científico suelen tener efectos secundarios y colaterales que
acarrean un desmejoramiento temporal del cuadro clínico del paciente.
Si la persona deja el tratamiento médico por haber concurrido a un
curandero puede llegar a notar una mejoría en su estado producto de la
desintoxicación, pero luego de un tiempo la enfermedad original va a
manifestarse nuevamente, esta vez de peor forma, al encontrarse más
avanzada.
En quinto lugar hay que considerar que muchas
personas concurren simultáneamente al médico y al curandero y le
adjudican a éste los éxitos del otro; esto se da por razones de orden
psicológico (por ejemplo: muchas personas esperan del médico que las
cure, pero en el curandero ponen su fe, a la que le adjudican un valor
superior).
Finalmente, existe el liso y llano fraude. Se
comete a través de individuos que, por amistad o remuneración, afirman
haber sido curados por determinada persona con el objeto de promocionar
sus prácticas.
¿Qué tratamientos aplican los curanderos?
La cantidad de técnicas para tratar las enfermedades por parte de los
curanderos es innumerable, ya que el único límite que conocen es la
imaginación de quien las crea, pero en general se pueden dividir en
métodos rituales y métodos de prescripción de sustancias a las que se
les adjudican propiedades curativas.
Respecto de los rituales
pueden ser hechos sólo por el curandero, sólo por la víctima, o en
forma conjunta (en los dos últimos casos por pedido expreso del
supuesto curador); para esto se puede utilizar uno o más de los
siguientes modos de actuar, que aunque no son excluyentes ni
universales, sirven de ejemplo por ser los de uso más corriente: Se
pueden efectuar alocuciones, rezos, invocaciones, bailes o ejercicios
rituales, encendido de hierbas, sahumerios o incienso, manipulación de
estatuillas u objetos considerados simbólicos (fetiches); en el caso
del curandero éste puede que "tenga visiones" o "entre en trance". En
estos rituales se invoca a Dios, a la Virgen María o Jesucristo en
alguna de sus diversas imágenes (ejemplo: la Virgen Desatanudos y
Nuestro Señor de los Milagros de Mailín), a diversos santos (ejemplo:
San Pantaleón y San Juan Bosco), ángeles, demonios, seres fantásticos
de origen folklórico, personajes históricos de culto popular (ejemplo:
Pancho Sierra, Difunta Correa), dioses o entidadesde religiones
exóticas o directamente inventadas, extraterrestres, personajes
actuales (ejemplo: Sai Baba) y cualquier otro ente o cosa al que se le
adjudiquen propiedades esotéricas, sobrenaturales, espirituales,
místicas o paranormales.
Otro elemento a tener en cuenta es
que los rituales pueden hacerse en el lugar de la consulta, en el hogar
de la víctima o en otro uotros lugares; en este último caso es común
que se lleven a cabo en iglesias, templos, cementerios u otros sitios
generalmente considerados sagrados o especiales (se pueden llegar a
efectuar viajes al cerro Uritorco o a la ciudad de Merlo, en San Luis),
siendo habitual en estos casos que se efectúen a medianoche y/o en
determinadas fechas, como el Día de los Muertos o el Viernes Santo.
Respecto de las sustancias, a diferencia de los rituales, es sólo la
víctima quien las consume; sobre ellas se puede decir que se
administran a través de infusiones, brebajes, emplastos, baños de
inmersión, inhalación de vapores, enemas, ingestión de pastillas e
incluso inyecciones; sus componentes pueden ser de origen vegetal
(hierbas, raíces, hojas, flores, frutos, hongos, algas), animal
(sangre, claras de huevo), o mineral (sales, arros, aguas con distintos
compuestos). Hay que tener en cuenta que aquí existe la posibilidad de
engaño respecto de qué es lo que la persona ingiere o absorbe, ya que
es muy sencillo hacer pasar algo potencialmente peligroso por algo
aparentemente inofensivo (por ejemplo: suministrar una pasta que
contenga hongos diciéndole a la víctima que se trata de raíces) o
inclusive llegar a administrar drogas de uso médico (y hasta de uso
ilegal) para obtener, por ejemplo, resultados analgésicos o
alteraciones de la conciencia.
Si bien lo hasta ahora visto en
este punto abarca casi la totalidad del curanderismo tradicional, como
hemos dicho anteriormente, existen hoy en día muchas nuevas formas de
tratar enfermedades, todas ellas ineficaces (pero recordemos que aunque
lo fueran su aplicación debería hacerse a través de médicos
habilitados). Entre estas podemos hablar de falsos aparatos de
diagnóstico y tratamiento con nombres generalmente rebuscados: algunos
apelan a la teoría cuántica para justificar sus supuestos efectos (por
ejemplo el "túnel fotónico"), otros hablan de magnetismo débil, campos
eléctricos o bioeléctricos moderados, radiaciones o energía "no
detectables por los medios convencionales" (se las puede denominar
Rayos N, radiaciones orgónicas, bioplasmas, etc.) o de interrelación
del aparato con la esfera espiritual (supuestamente con la Fotografía
Kirlian se puede ver el aura inmaterial que emana de nuestro cuerpo).
También se pueden mencionar las supuestas curaciones con péndulos,
pirámides, masajes (digitopuntura o quiropraxia) y aplicación de agujas
(acupuntura); desde ya se trata de una enumeración parcial de las
técnicas más utilizadas.
Falso médico
Otra de las
formas de la comisión del delito de ejercicio ilegal dela medicina
consiste hacerse pasar por médico y atender pacientes utilizando
cualquier tipo de tratamientos, sin importar si resultan o no de
eficacia científicamente comprobada (se dan ambas alternativas). Aquí
el peligro potencial para la salud del paciente es mayúsculo, al tener
la víctima la seguridad de estar recibiendo un tratamiento adecuado (en
el caso del curanderismo, como dijimos, mucha gente continúa
concurriendo a su médico).
Esta forma suele concurrir con la usurpación de títulos y honores y la falsificación de documento público.
Profesionales extranjeros
Si bien un profesional extranjero está teóricamente capacitado para
ejercer el arte de curar, y en algunos casos pueden resultar más
competentes que los egresados de universidades nacionales, para poder
ejercer en el país es necesaria una revalidación o autorización
especial de parte de autoridad competente. La fundamentación de esta
norma es que, en primer lugar, el solicitante debe demostrar su
idoneidad, que en otro país puede llegar a tener otras características;
en segundo lugar, pueden existir problemas idiomáticos que impidan una
correcta aplicación de los conocimientos técnicos; y, en tercer lugar,
el profesional debe cumplir con las reglamentaciones que resultan
imprescindibles para el desarrollo de la actividad, por ejemplo su
matriculación al Colegio respectivo, el cual tiene poder disciplinario
en una variedad de circunstancias (principalmente por mala praxis y
cuestiones éticas). Por estas razones el legislador considera que en
estos casos puede haber un peligro potencial a la salud pública y
tipifica la acción de ejercer sin autorización, aún en estos casos.
Charlatanismo Médico
Se trata de la acción ejercida por médicos que (con fines de lucro)
publicitan tratamientos que presentan como infalibles y, en algunos
casos, asegurando los resultados en términos fijos. Esta promesa
configura delito, ya que la medicina no es una ciencia exacta y esto
bien lo sabe el agente del delito; aunque muchas veces hay seguridad de
cuál va a ser el resultado, nunca es total y absoluta debido a la
posible existencia de factores imprevisibles que pueden llegar a
complicar la situación; por lo tanto existe un engaño al paciente, que
es lo que la ley pena.
En el caso de los medicamentos secretos
el médico anuncia una fórmula que presenta como secreta y la administra
para la cura de determinadas enfermedades. Aquí hay un peligro
potencial para la salud de los pacientes, ya que suele tratarse de
drogas no probadas con los métodos obligatorios de control, necesarios
para determinar su eficacia y existencia de efectos colaterales o
secundarios; además pueden ser de elaboración casera y por lo tanto no
cuentan con una adecuada fiscalización que asegure que no se trata de
un producto tóxico.
Prestación de nombre
Se trata del
consentimiento expreso o tácito por parte de un médico debidamente
habilitado para que otra persona que no lo está utilice su nombre,
sustituyendo su personalidad a los efectos de ejercer la medicina; en
general el profesional puede prestar su título a parientes, amigos o
dependientes, en especial si tienen algunos conocimientos de medicina.
Esta forma del delito puede ser considerada en una investigación donde
exista un individuo que se haga pasar por médico; puede que el
verdadero galeno haya facilitado de alguna manera la comisión.
Características de la instrucción en este delito
Aunque se trata de un delito de acción pública y cualquier ciudadano
está facultado a denunciarlo, el órgano jurisdiccional suele tomar
conocimiento de su comisión a través de la correspondiente denuncia
penal formulada por la propia víctima.
Como en todo comienzo
de una investigación, se debe ser especialmente metódico y meticuloso,
tratando de obtener de forma rápida la mayor cantidad de información
posible, sin descartar nada por más que en principio parezca superfluo
o inconducente.
Para empezar, al tomar la denuncia se debe ser
lo más exhaustivo posible; una clara y coherente exposición sirve como
base a la credibilidad del denunciante, en un delito en el que el
aporte de testigos directos que hayan visto y oído lo acontecido entre
el curandero y su víctima suele resultar imposible, por desarrollarse
los hechos en forma de entrevista personal.
Puede resultar de
fundamental importancia en estos casos el aporte de una descripción
minuciosa del ámbito específico en que esto aconteció, el cual suele
estar cargado de cosas exóticas; esto hace que resulte singular y por
lo tanto puede llegar a ser identificable. Algo similar sucede con las
formas de actuar del curandero, que suelen tener las mismas
características que el ambiente; el modo de hablar, de explicar los
detalles del tratamiento, los rituales, etc., pueden también llegar a
tener peculiaridades que ayuden a la individualización del sujeto.
Dijimos que no suele haber testigos directos, así que es importante que
la víctima aporte la identidad de la mayor cantidad posible de personas
que puedan aportar datos sobre la cuestión, aunque sean indirectos; nos
referimos a gente que haya sido atendida por el imputado, en especial
la persona que le recomendó concurrir al lugar, si ese es el caso.
Además, la víctima puede aportar datos sobre la publicidad que efectúa
el curandero o charlatán; puede haberse relacionado con él por ese
medio o pudo haberse enterado sobre el tema por comentarios anteriores
o posteriores al contacto. Si se produce este aporte se puede llegar a
ubicar con bastante facilidad un anuncio que indique sus supuestas
actividades; serviría este elemento como prueba del desarrollo por
parte del imputado de actividades que resultan, como mínimo, afines al
curanderismo; en segundo grado, pueden resultar directamente el medio
por el cual se efectuó el supuesto tratamiento (por ejemplo: Alguien
puede anunciar que adivina el futuro con Fotografía Kirlian y en la
consulta diagnosticar enfermedades con el mismo aparato); finalmente,
en algunos casos, el anuncio es un delito por sí mismo (cuando se
anuncian curaciones). Hay que solicitar asimismo del denunciante todo
elemento que esté en su poder y que tenga relación con la causa. Se
puede tratar de fetiches, talismanes, hierbas, velas, preparados de
sustancias vegetales o animales, brebajes, papeles y/o cualquier otra
cosa que le haya dado el curandero; muchos de ellos pueden servir como
elementos de comparación y/o prueba. En el caso de sustancias para
consumo de la víctima, deben pedirse informes periciales sobre los
efectos que produjeron, producen o pudieron haber producido sobre la
misma; para esto se debe realizar, en su caso, una pericia médica que
incluya la revisación de la susodicha víctima, estudio de la historia
clínica, realización de estudios complementarios tanto patológicos como
toxicológicos y un completo informe psíquico y psicológico; si dichas
sustancias no fueron consumidas bastará con un informe médico sobre sus
posibles efectos en caso de haber sido utilizadas según se prescribió.
Una vez cumplido esto se pueden tener la suficiente cantidad de
elementos para que el Juez de Garantías, a requerimiento del Fiscal,
proceda a ordenar el registro domiciliario o allanamiento previstos por
el art. 219, 220, ss. y ccs. del Código Procesal Penal. En esta
diligencia se tendrá especial cuidado en la descripción exhaustiva del
lugar (lo más ilustrada posible) y la identificación y eventual
secuestro de diversos objetos que tengan algún tipo de relación con la
causa (como los falsos y extraños aparatos de diagnóstico referidos por
los testigos, los dispositivos ocultos para realizar efectos de
ilusionismo, las drogas y sustancias de uso en preparados administrados
a las víctimas por el imputado, las anotaciones referidas a la
actividad que tenga el imputado, etc.).
También puede resultar
necesario efectuar en forma conjunta una requisa personal sobre el
imputado, ya que los elementos o dispositivos pueden estar entre sus
ropas.
Luego de esto, con los elementos secuestrados se pueden
efectuar una serie de pericias comparativas con los elementos obrantes
en la causa, por ejemplo determinar si dos compuestos están preparados
con los mismos componentes químicos; o pedir informes técnicos de
características de distintas sustancias para establecer su peligrosidad
o toxicidad, por ejemplo un botánico puede identificar una hierba, un
químico una droga, y un médico puede establecer qué efectos nocivos
pueden causar su ingesta, asimismo un ingeniero puede detallar el
mecanismo de funcionamiento de un aparato y el médico determinar si
tiene algún efecto conocido en el organismo.
Pero, aunque esto
no resulte habitual, en estos casos puede resultar relevante, y aún
imprescindible, el auxilio de un ilusionista, personas honestas
especialistas en engaños por medio de la técnica, que pueden revelar
mecanismos de fraude que normalmente no se podrían detectar, ni
siquiera por un criminalista. Si bien no son profesionales con
autorización del poder público, de acuerdo al art. 244 del Código
Procesal Penal, si la profesión no se encuentra reglamentada pueden
designarse como peritos personas de conocimiento o prácticas
reconocidas (un integrante de la Entidad Mágica Argentina estaría en
esas condiciones); sino puede resultar suficiente una declaración
testimonial simple. Por ejemplo, puede llegar a reconocer la técnica
que utiliza el curandero para supuestamente extraer males físicos del
cuerpo (cirugía psíquica de gran difusión en Filipinas), o explicar
cómo se trucan las Fotografías Kirlian para establecer diagnósticos.
Puede indicar la existencia de cómplices necesarios en la ejecución del
truco. También puede señalar qué elementos relacionados con estos
engaños se pueden buscar durante el registro o allanamiento que se haga
el lugar de los hechos, o identificar y señalar el uso de elementos
secuestrados en el mismo.
Otro aspecto a recordar es que en la
instrucción se investigan hechos y la calificación legal definitiva de
éstos corresponde al juez que dicta la sentencia, así que el instructor
debe tener en cuenta todo el conjunto de acontecimientos y
circunstancias e investigar a fondo, pudiendo surgir de la
investigación la existencia de otros delitos conexos como la estafa o
defraudación, la usurpación de títulos y honores, o la falsificación o
uso fraudulento de documentos públicos; por eso no hay que obviar
detalles.
Claudio Alberto Ramirez. |